Event Details
- Contribuir a la determinación de las cualificaciones y competencias profesionales específicas del sector de construcción y metal en materia de seguridad y salud en el trabajo.
- Lograr que las acciones y actuaciones en relación con los contenidos de la ley 31/1995, de 8 de noviembre, de Prevención de Riesgos Laborales, y la Ley 32/2006, de 18 de octubre, reguladora de la Subcontratación en el Sector de la Construcción sean análogas, homogéneas y coordinadas en todo el territorio nacional.
- Adquirir unos conocimientos preventivos básicos y generales que le permitan la aplicación de técnicas seguras de trabajo durante la ejecución de los trabajos eléctricos que el alumno lleve a cabo.
- Cumplir con la formación homologada y obligatoria regulada en el III Acuerdo Estatal del Metal.
- Formación Homologada a través de un Servicio de Prevención Ajeno, acreditado para ello.