El pasado 12 de enero se aprobó el nuevo convenio colectivo del metal. Este convenio trae importantes novedades respecto a la prevención de riesgos laborales. Se exigirá formación en este ámbito a todos los profesionales del sector, incluidos aquellos que no trabajen en la obra.

El pasado 12 de enero de 2022 fue publicado en el BOE el IV Convenio colectivo estatal de la industria, las nuevas tecnologías y los servicios del sector del metal (código de convenio nº 99003435011900) el nuevo convenio del metal.

Este nuevo convenio del metal hace exigible a todos los trabajadores del sector, tanto los que trabajan dentro de una obra como los que no, la realización de la formación pertinente en Prevención de Riesgos Laborales. Esto es aplicable tanto a los trabajadores en España, como los contratados en nuestro país pero que desempeñan sus funciones en el extranjero.

¿Cuánto plazo tienen las empresas para formar a sus empleados según el nuevo convenio del metal?

Este convenio del metal ya está aplicado, por lo que sus requisitos ya son exigibles. A pesar de ello, y por motivos excepcionales como ha sido la pandemia por COVID-19, se ha otorgado un plazo hasta el 1 de octubre de 2022 para cumplir con lo pactado en el convenio colectivo.

¿Qué hay de relevante en Prevención de Riesgos Laborales?

Cabe destacar que el ANEXO II de este nuevo convenio contempla que todos los trabajadores vinculados al sector deben recibir formación en Prevención de Riesgos Laborales (PRL). En ello, se han incluido desde los directivos y personal de oficina hasta el personal que tanto en obra como fuera de ella desempeña su oficio (fontaneros, electricistas, forjadores…).
A pesar de que este convenio incluya la formación obligatoria en Prevención de Riesgos Laborales a todo el personal, la duración y la modalidad de esta formación cambiará dependiendo de la actividad del trabajador.

  • Formación para directivos de empresa:

Tendrá una duración mínima de 6h y podrá realizarse tanto de manera presencial como online. El contenido mínimo de su formación será:

  1. Integración de la prevención en la gestión de la empresa.
  2. Obligaciones y responsabilidades.
  3. Organización y planificación.
  4. Costes de la accidentalidad y rentabilidad de la prevención.
  5. Legislación y normativa básica en prevención.
  6. Seguridad vial.
  • Formación para personal de oficinas:

Al igual que los directivos, este personal podrá formarse tanto online como presencial y la duración del curso será de un mínimo de 6h. En este caso, el contenido será:

  1. Definición de los trabajos.
  2. Técnicas preventivas.
  3. Medios auxiliares, equipos y herramientas.
  4. Derechos y obligaciones:
  5. Seguridad vial.

Además, la formación para estos puestos de trabajo también incidirá en otros riesgos derivados del uso de pantallas, posturas incorrectas, fatiga mental y visual, riesgos de incendios… Así como sus medidas preventivas.

  • Formación para personas trabajadoras de las áreas de producción y/o mantenimiento. Formación de oficios:

La formación para estos trabajadores será de al menos 20h, siendo 12h de ellas comunes y 8h específicas para cada oficio. En este caso, la formación solo se podrá realizar de manera presencial. Para la parte común se seguirá este itinerario formativo:

  1. Verificación, identificación y vigilancia del lugar de trabajo y su entorno.
  2. Interferencias entre actividades.
  3. Derechos y obligaciones.
  4. Seguridad vial.
  5. Primeros auxilios y medidas de emergencia.

Y para la parte específica este será el temario:

  1. Definición de los trabajos.
  2. Técnicas preventivas específicas.
  3. Medios auxiliares, equipos y herramientas.
  • Formación de personas trabajadoras con funciones preventivas de nivel básico:

Tendrá una duración mínima de 50 horas y será completamente presencial. Los contenidos mínimos se ordenarán conforme al siguiente esquema:

  1. Conceptos básicos sobre seguridad y salud en el trabajo.
  2. Riesgos generales y su prevención.
  3. Riesgos específicos y su prevención en el sector correspondiente a la actividad de la empresa.
  4. Elementos básicos de gestión de la prevención de riesgos.
  5. Primeros auxilios.
  • Formación de reciclaje:

La formación de reciclaje tendrá una duración mínima de 4h y se deberá renovar cada cuatro años. Esta formación será siempre impartida de manera presencial, excepto para personal directivo y personal de oficina que podrán realizarla de manera online.
Además, esta formación será obligatoria antes de la incorporación al puesto de trabajo, en caso de que el trabajador haya estado al menos un año sin ejercer esta profesión.

¿Cómo podemos ayudarte?

En ICEI Formación, llevamos más de 20 años formando a profesionales de distintos oficios, tanto de empresas como autónomos. Si necesita formar a sus empleados, creamos programas a medida para su empresa.
Somos un centro homologado por la Generalitat de Catalunya y por la Generalitat Valenciana para impartir cursos de formación continuada y reciclaje. También estamos homologados por La Fundación Laboral de la Construcción y la del Metal para poder desarrollar nuestra actividad formativa a través de un servicio de prevención acreditado.

No dude en pedirnos más información llamando al 93.422.70.88. ¡Le esperamos!

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